La Dirección del Instituto Superior N° 9105 informa a sus alumnos que desde el Lunes 12 al Miércoles 14 de Agosto se decepcionarán las solicitudes de Mesas de Examinadoras Especiales. Las mismas se realizarán mediante nota dirigida a la Dirección, indicando las mesas a rendir y los motivos.
Para acceder a dichas excepciones el alumno deberá encuadrarse en lo expresado en el Capítulo 3 Art. 40 del RAM aprobado por Decreto Nº4199/15.
Art. 40: Mesa especial de examen ante Tribunal: Todo estudiante tendrá derecho a Mesa examinadora especial en los siguientes casos:
- a) Cuando adeudare hasta dos materias del último año de la carrera para finalizar sus estudios.
- b) Cuando, por razones de enfermedad, causa grave de Índole familiar, laboral u otros motivos debidamente justificados, fehacientemente comprobados en tiempo y en forma, no pudiera presentarse a rendir examen en la fecha y horario estipulado, hasta tres veces a lo largo de su carrera.
- c) Cuando caducaren los Planes de Estudio con los cuales cursó.
- d) Cuando se adeudare basta dos unidades curriculares requeridas para cursar los talleres de docencia/prácticas profesionalizantes correspondientes correlativos.
La solicitud para la formación de estas Mesas se hará por nota personal con un plazo previo de quince (15) días. Se establecerán en los meses de mayo, septiembre o cuando lo determine el calendario jurisdiccional.d)